Friday, 14 February 2020 00:00

Estrasburgo cambia de criterio y avala las devoluciones en caliente de migrantes

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VOINEWS.ID- Las devoluciones en caliente de migrantes son legales y no vulneran los Derechos Humanos, según ha fallado este jueves la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo (Francia) en un inesperado cambio de criterio.

 

A pesar de su condena a España en 2017 por la expulsión automática a Marruecos de dos jóvenes de origen subsahariano tras saltar la valla de Melilla en 2014, los 17 jueces de la Gran Sala del TEDH han fallado ahora y por unanimidad que no hubo vulneración de la Convención Europea de Derechos Humanos.

 

Según el texto del fallo,  como cita de www.publico.es , los dos jóvenes migrantes, que demandaron a España ante el TEDH, "se pusieron ellos mismos en una situación de ilegalidad", al acceder "a lugares no autorizados" y "recurriendo a la fuerza", tal y como defendió el representante del Gobierno español en la vista por el recurso a la condena que interpuso el PP y que mantuvo Pedro Sánchez al llegar a La Moncloa, a pesar de calificar estas prácticas de inconstitucionales y de llevar en su programa su eliminación.

 

El fallo favorable a España añade que los dos demandantes "decidieron no utilizar las entradas legales existentes que les permitieran acceder de modo regular al territorio español" y revoca de esta forma la sentencia condenatoria de la Sala de 2017 por "expulsión colectiva sin medida judicial previa".

 

Según han resuelto los magistrados, no hubo violación del Artículo 4 del Protocolo 4 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que prohíbe expresamente las "expulsiones colectivas de extranjeros", ni tampoco hubo violación del Artículo 13, que reconoce el derecho a un recurso judicial efectivo a toda persona "cuyos derechos y libertades hayan sido violados", como entendió que era el caso de ambos migrantes en 2017. (www.publico.es)

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